Este martes 4 de junio, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las reformas legales que dictaminan que las madres y padres de niños diagnosticados con cáncer, tendrán derecho a licencias laborales y subsidio del gobierno durante el tratamiento de sus hijos.
Así, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el cual adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo para otorgar estos permisos.
- ¿Qué establecen dichas reformas?
Dichas licencias laborales comenzarán a ser efectivas a partir del miércoles 5 de junio para todos los trabajadores que estén afiliados al IMSS o ISSSTE.
El objetivo de las reformas es que los padres puedan ausentarse a de sus labores en caso de que el menor requiera de descanso médico durante los periodos críticos del tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, según establezca el médico tratante.
Además, se incluyen días destinados al alivio del dolor y los cuidados paliativos por cáncer avanzado.
- ¿Cuánto tiempo puede extenderse la licencia?
La licencia expedida tendrá una vigencia de uno y hasta veintiocho días, aunque podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que se excedan 364 días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.
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Los padres o madres trabajadores asegurados que hayan cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico o que tengan registradas al menos 52 semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al 70% del último salario diario de cotización registrado por el patrón.
Las licencias únicamente podrá otorgarse a petición del padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guarda y custodia del menor.
Además, las licencias terminarán cuando el menor no requiera de hospitalización o reposo médico, cuando cumpla 16 años o cuando el padre o madre del menor sea contratado por un nuevo patrón.
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Redacción bbmundo
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